Kosovo:Requisitos de visa

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Kosovo: Requisitos de visa

Los requisitos de visado pueden cambiar. Verifique siempre la información más reciente en fuentes oficiales del gobierno.

Requisitos de entrada sin visado

  • El viajero debe portar un pasaporte, documento de viaje o, cuando lo permita una decisión gubernamental aplicable, un documento de identidad biométrico válido y aceptado por las autoridades de Kosovo. El documento no debe estar vencido, ser falso, alterado, pertenecer a otra persona, no ser reconocido o estar dañado hasta el punto de impedir gravemente la identificación.
  • El período mínimo de validez adicional que debe tener el pasaporte después de la fecha de salida prevista para la entrada sin visado no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central. El número de páginas en blanco requeridas en el pasaporte para la entrada sin visado tampoco se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central. El uso de un pasaporte legible por máquina o biométrico no se ha establecido como requisito universal para todos los viajeros sin visado.
  • La estancia de corta duración es generalmente de hasta 90 días en cualquier período de 180 días. Cuando la exención se base en un visado Schengen de entradas múltiples válido o en un permiso de residencia biométrico válido emitido por uno de los países Schengen, dicho documento debe ser válido en la fecha de entrada y la estancia en Kosovo no debe exceder los 15 días.
  • La policía de fronteras puede solicitar al viajero que demuestre el propósito del viaje, las condiciones de la estancia, los arreglos de alojamiento, su regreso o la continuación hacia un tercer país, y que dispone de medios económicos suficientes. Para ello, se pueden requerir documentos como la prueba de alojamiento o invitación del anfitrión, itinerario de viaje, reserva de viaje organizado, billete de regreso o de ida y vuelta, invitación a un evento, documento de registro u otros documentos que respalden el propósito del viaje.
  • Los medios económicos suficientes pueden demostrarse mediante efectivo, cheque de viajero, medio de pago o tarjeta de crédito aceptados internacionalmente, depósito bancario, cualquier otra prueba financiera original, declaración de patrocinio aprobada o carta de garantía del anfitrión. El hecho de que los gastos de regreso o de viaje posterior estén pagados también puede tenerse en cuenta en la evaluación. El importe mínimo diario o total no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central.
  • El viajero no debe tener una prohibición de entrada o estancia vigente en Kosovo; no debe suponer una amenaza para la seguridad del Estado, el orden público o la salud pública. La exención de visado no otorga un derecho incondicional de entrada al país y la decisión final se toma en el control fronterizo.

Requisitos de visado en frontera

  • La concesión de un visado en el puesto fronterizo no es el método general de solicitud, sino una excepción a la regla de obtener previamente un visado de una misión diplomática o consular. El visado de entrada solo puede considerarse por razones humanitarias, por interés estatal o nacional, o en el marco de las obligaciones internacionales de Kosovo.
  • El solicitante debe presentar documentos que justifiquen las razones por las que no pudo solicitar el visado previamente a una misión diplomática o consular y que la entrada es imprevista e ineludible. La falta de pruebas suficientes de que se haya realizado una solicitud de visado previa o de que la entrada sea ineludible e imprevista puede dar lugar al rechazo de la solicitud.
  • Se debe presentar un pasaporte, documento de viaje u otro documento que permita el cruce fronterizo válido. El solicitante debe demostrar el propósito del viaje, las condiciones de la estancia, la duración prevista de la estancia, el alojamiento, los medios económicos suficientes y la posibilidad de regresar al país de origen o de continuar hacia un tercer país que lo acepte. No debe tener una prohibición de entrada o estancia y no debe suponer una amenaza para la seguridad nacional, el orden público, la salud pública o las relaciones exteriores.
  • En las solicitudes por interés estatal u obligaciones internacionales, se requiere una carta oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Diáspora. La carta debe incluir el propósito y las condiciones del viaje, la duración de la estancia, el lugar de alojamiento y la información del billete de regreso. Se debe adjuntar una copia del documento de viaje válido o del otro documento utilizado para el cruce fronterizo.
  • Se cumplimenta el formulario de solicitud de visado estándar. Durante el proceso, se puede tomar una fotografía, recoger las huellas dactilares y registrar la información en el Sistema de Información de Visados de Kosovo. El seguro médico de viaje normalmente forma parte de la evaluación; no obstante, se puede aplicar una excepción en los casos en que no sea posible contratar un seguro en la frontera por razones humanitarias o de interés estatal.
  • El visado en frontera solo puede concederse en los puntos de cruce fronterizo de categoría A designados por decisión gubernamental. La estancia autorizada con el visado de entrada es de un máximo de 15 días, en función del propósito y las condiciones del viaje. Si no hay espacio para la etiqueta de visado en el documento de viaje, el visado puede imprimirse en una hoja aparte.
  • La tasa de examen del visado en frontera es la misma que la aplicada para el visado correspondiente en las misiones diplomáticas o consulares y se paga en el puesto fronterizo. El importe numérico fijo y específico de la tasa del visado de entrada en frontera no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central. Se puede aplicar una exención de la tasa para titulares de pasaportes diplomáticos u oficiales, niños menores de seis años y personas en el marco de obligaciones internacionales. En casos individuales de interés humanitario, cultural, deportivo o de importante beneficio público, la tasa puede reducirse o eliminarse.
  • El plazo oficial de tramitación de la solicitud y los medios de pago aceptados (efectivo, tarjeta u otros) no se han especificado de manera definitiva en la fuente oficial central.

Requisitos de solicitud de visado consular

  • La solicitud debe presentarse, por regla general, ante la misión diplomática o consular de Kosovo competente para el lugar de residencia legal del solicitante. En caso de que no exista una misión competente o de que el solicitante no resida en la jurisdicción de la misión, se puede solicitar la aceptación de la solicitud en otra misión, presentando una invitación de una autoridad de Kosovo, participación en una reunión internacional, visita de negocios urgente, razón humanitaria u otras justificaciones similares. La forma de la prueba de residencia legal puede variar según la misión correspondiente.
  • El solicitante debe concertar una cita y, por regla general, presentarse en persona. Se prevé que la cita se conceda en un plazo de dos semanas desde la solicitud. En casos urgentes y debidamente justificados, se puede aceptar una solicitud sin cita o de inmediato.
  • La solicitud puede presentarse como mínimo 3 meses antes del inicio de la visita prevista. Los titulares de un visado de entradas múltiples válido pueden presentar una nueva solicitud 6 meses antes de la expiración de su visado actual.
  • El formulario de solicitud de visado debe cumplimentarse en su totalidad y firmarse el original. Debe prepararse un formulario de solicitud independiente para cada persona incluida en el mismo documento de viaje. El formulario del solicitante menor de edad debe ser firmado por uno de sus padres, ambos padres o su tutor legal. El requisito de un certificado de nacimiento universal o de una autorización parental notariada para las solicitudes de corta duración no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central; la misión correspondiente puede solicitar documentos adicionales que acrediten la relación familiar o la autorización de viaje.
  • Se debe presentar una copia del documento de viaje. El documento debe tener una validez de al menos tres meses después de la fecha de salida prevista de Kosovo, contener al menos dos páginas en blanco y haber sido expedido en los últimos diez años. En las solicitudes de entradas múltiples, la validez se evalúa teniendo en cuenta la última fecha de salida prevista. No se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central qué páginas, además de la página de datos biométricos del pasaporte, deben fotocopiarse.
  • No se acepta un documento de viaje falso, alterado, falsificado o perteneciente a otra persona. El uso de un pasaporte biométrico o legible por máquina no se ha establecido como requisito universal para todas las solicitudes de visado consular en la fuente oficial central.
  • Se debe presentar una fotografía tomada en el último mes y conforme a los estándares de la OACI. Las dimensiones de la fotografía, el color de fondo, el formato de archivo impreso o digital, la resolución en píxeles y otras características técnicas no se han especificado de manera definitiva en la fuente oficial central.
  • El solicitante debe presentar documentos que prueben el propósito del viaje. Dependiendo del propósito del viaje, se pueden solicitar: invitación de una empresa o institución pública, documento de reunión o conferencia, prueba de relación comercial, entrada a feria o congreso, certificado de inscripción en un centro educativo, certificado de estudiante, certificado de curso, invitación a un evento, billete de entrada, registro, programa o documentos similares.
  • Para el alojamiento, se debe presentar una reserva de hotel o establecimiento de alojamiento, invitación del anfitrión, dirección del alojamiento o prueba financiera de que se pueden cubrir los gastos de alojamiento. En visitas turísticas o privadas, se pueden solicitar la reserva de un viaje organizado, el itinerario de viaje y el billete de regreso o de ida y vuelta. La compra del billete de avión no se ha establecido como requisito universal para todas las solicitudes; la misión correspondiente decide si una reserva u otra prueba de regreso es suficiente.
  • El solicitante debe demostrar que dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia, el alojamiento y el regreso o el tránsito hacia un tercer país que lo acepte en Kosovo. Se pueden solicitar extractos bancarios, certificados de ingresos o de empleo, nóminas, contrato de trabajo, documentos de patrocinio u otras pruebas financieras. El número de meses que deben cubrir los extractos bancarios y el importe mínimo que debe haber en la cuenta no se han especificado de manera definitiva en la fuente oficial central.
  • Cuando se solicite un formulario de invitación o patrocinio, se debe indicar si el documento se emite para patrocinio financiero, alojamiento privado o ambos. Se debe especificar si la persona que invita es un individuo, una empresa o una organización, sus datos de identidad y contacto, los datos de las personas invitadas, la dirección del alojamiento, el propósito y la duración de la estancia, y, en su caso, el vínculo familiar con el solicitante. Se pueden solicitar además documentos que acrediten la solvencia económica del patrocinador.
  • Se debe presentar un seguro médico de viaje válido en Kosovo y que cubra toda la duración de la estancia. El seguro debe cubrir los posibles gastos de repatriación por razones médicas, asistencia médica de urgencia, tratamiento hospitalario de urgencia y los relacionados con el fallecimiento durante la estancia. El importe mínimo de cobertura del seguro depende de la cantidad fijada por el Banco Central de Kosovo; el importe numérico no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central.
  • En las solicitudes de visado de una o varias entradas se requiere la prueba de un seguro adecuado. En el caso de un visado de entradas múltiples, se puede presentar el seguro para el primer viaje previsto y se puede obtener una declaración de que se conoce la obligación de disponer de un seguro válido también para los viajes posteriores. Se puede aplicar una excepción para los titulares de pasaportes diplomáticos y para determinados grupos profesionales que, por su actividad profesional, dispongan de otro seguro adecuado.
  • En la primera solicitud de visado de Kosovo, el solicitante debe comparecer en persona; durante la solicitud, se le debe escanear o tomar la fotografía y tomar las huellas dactilares de los diez dedos. No se toman las huellas dactilares a niños menores de doce años, a personas a las que les sea físicamente imposible y a miembros de determinadas delegaciones oficiales. Si los datos biométricos de una solicitud anterior se han registrado en el sistema en un plazo de 59 meses, pueden reutilizarse; en caso de duda razonable sobre la identidad, se pueden volver a tomar las huellas dactilares.
  • La misión diplomática o consular puede citar al solicitante a una entrevista y solicitar documentos adicionales sobre el propósito del viaje, la situación financiera, el alojamiento, la intención de regreso o la autenticidad de los documentos.
  • Todos los documentos justificativos deben traducirse a una de las lenguas oficiales de Kosovo o al inglés. Los documentos deben presentarse en dos ejemplares. No se ha especificado en la fuente oficial central un requisito universal de legalización notarial, apostilla o legalización para todas las solicitudes de visado de corta duración. En los documentos de permiso de residencia por finalidad vinculados al visado D, puede aplicarse un requisito de legalización notarial o traducción especial.
  • El visado C es para visitas y estancias de corta duración. La estancia autorizada es de hasta 90 días en cualquier período de 180 días. El período de validez del visado C puede fijarse hasta cinco años. El visado puede concederse con una entrada, dos entradas o entradas múltiples. Para un visado de entradas múltiples con una validez de entre seis meses y cinco años, se pueden exigir pruebas de la necesidad de viajar con frecuencia o regularidad, así como de que los visados anteriores se han utilizado legalmente y de la fiabilidad del solicitante.
  • La tasa de solicitud del visado C es de 40 euros. La tasa se paga en la cuenta bancaria indicada por la misión diplomática o consular donde se realice la solicitud. Los titulares de pasaportes diplomáticos u oficiales, los niños menores de seis años, los estudiantes que viajen por motivos de educación o formación profesional, los alumnos de escuela y los profesores que los acompañen pueden beneficiarse de la exención de la tasa. Los métodos de pago distintos de la transferencia bancaria no se han especificado de manera definitiva en la fuente oficial central.
  • El visado D está vinculado a la estancia de larga duración y al procedimiento de permiso de residencia. Se expide después de que el Ministerio del Interior confirme que el solicitante cumple los requisitos para el permiso de residencia. El visado D es de una sola entrada y tiene una validez de tres meses. La tasa de solicitud es de 80 euros.
  • En el visado D, además de los documentos generales de visado, se presentan documentos específicos según el propósito de la residencia. En la reagrupación familiar, se pueden solicitar: certificado de matrimonio o de nacimiento, certificado de adopción o tutela, documento de identidad válido del patrocinador, solvencia económica, vivienda o contrato de alquiler notariado, certificado de antecedentes penales y seguro médico.
  • En las solicitudes de educación superior, se pueden solicitar: certificado de matrícula en una institución educativa acreditada, solvencia económica, dirección de alojamiento clara, certificado de no estar bajo investigación y seguro médico. En la investigación científica, se requiere además una invitación de una institución autorizada y un acuerdo que incluya el propósito de la investigación, las obligaciones de las partes y las fechas de inicio y finalización.
  • En las solicitudes por motivos de trabajo, se pueden solicitar: contrato de trabajo, solvencia económica, certificado de no estar bajo investigación, certificado de registro de la empresa e información de la empresa, certificado de formación profesional o cualificación y seguro médico. Es posible que no se solicite el contrato de trabajo a los solicitantes que sean propietarios de empresas. Se puede solicitar el original del certificado de cualificación profesional o una copia notariada y traducida.
  • En caso de que se haya declarado oficialmente una epidemia en el lugar de procedencia del solicitante, se puede solicitar la prueba de vacunación para determinados fines del visado D o del permiso de residencia. Este requisito no es universal para todos los solicitantes.
  • El plazo definitivo de resolución de las solicitudes de visado no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central. La autoridad consular puede solicitar documentos adicionales y una entrevista en función del propósito del viaje, el tipo de visado, el lugar de residencia o la misión donde se realice la solicitud. La concesión de un visado no constituye por sí misma un derecho de entrada al país. Contra una decisión de denegación se puede presentar recurso en un plazo de ocho días naturales a través de la misión donde se presentó la solicitud.

Requisitos de visado de tránsito

  • La legislación de Kosovo reconoce las categorías de visado de tránsito aeroportuario A y visado de tránsito de entrada B para el tránsito por el territorio del país.
  • Por regla general, no se exige un visado de tránsito aeroportuario al viajero que haga una conexión sin salir de la zona de tránsito del aeropuerto internacional. La estancia en la zona de tránsito está limitada a 24 horas y puede prorrogarse en caso necesario. No obstante, el gobierno puede imponer la obligación de visado de tránsito aeroportuario para determinadas categorías de documentos de viaje o de viajeros.
  • En la solicitud de un visado de tránsito aeroportuario tipo A, se debe presentar un documento de viaje válido, información sobre el vuelo y la ruta previstos, documentos que acrediten el viaje al destino final después del tránsito aeroportuario e información que permita evaluar que no se va a entrar en territorio de Kosovo. Se puede solicitar un billete, una reserva u otra prueba de que el viaje continúa hasta el destino final.
  • Si se demuestra la necesidad de tránsitos aeroportuarios múltiples o regulares y que los visados anteriores se han utilizado legalmente, el visado A de entradas múltiples puede tener una validez de hasta seis meses.
  • En el visado de tránsito de entrada tipo B, se pueden solicitar: documento de viaje válido, itinerario de viaje, documento que acredite la admisión en el país siguiente a Kosovo, visados de destino o tránsito necesarios, permiso de residencia, billete de transporte posterior y prueba de medios económicos suficientes durante el tránsito. La duración de la estancia autorizada por el visado se limita al tiempo necesario para el tránsito directo. Cuando se requieran múltiples tránsitos, el visado B puede expedirse con una validez de hasta 180 días.
  • Cuando se solicite un visado de tránsito excepcional en el puesto fronterizo, el solicitante debe disponer de los visados válidos necesarios para todos los países de tránsito y el país de destino final. El viaje debe ser de tránsito directo a través de Kosovo. La policía de fronteras puede verificar la admisibilidad al tercer país con las autoridades fronterizas del país correspondiente.
  • El visado de tránsito en frontera solo puede concederse en los puntos de cruce fronterizo de categoría A designados por el gobierno. La duración autorizada es únicamente el tiempo necesario para completar la operación de tránsito.
  • La tasa consular específica del visado de tránsito, el plazo de tramitación definitivo, el tamaño de la fotografía y los métodos de pago para la solicitud central no se han especificado de manera definitiva en la fuente oficial central. La tasa del visado de tránsito expedido en frontera es la misma que la prevista para el visado correspondiente en las misiones diplomáticas o consulares y se paga en el puesto fronterizo.
Población
1,602,515(2024)
Idioma oficial
Albanés, serbio; lenguas oficiales regionales: turco, bosnio, romaní
Tipo de gobierno
República parlamentaria
Continente
Europa
Capital
Pristina
Moneda
Euro
Superficie
10.909 km²
Código telefónico
+383

Kosovo: Destinos importantes

Pristina es la capital y el principal punto de entrada a Kosovo, con un aeropuerto internacional que recibe vuelos de varias ciudades europeas. Otras ciudades importantes incluyen Prizren, famosa por su casco antiguo otomano, y Mitrovica, un centro industrial en el norte.

Kosovo posee un rico patrimonio cultural, con sitios como el monasterio de Visoki Dečani, declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO. El país también destaca por su potencial empresarial y educativo, con la Universidad de Pristina como referente. Los visitantes suelen explorar el valle de Rugova por su paisaje montañoso.

Los viajeros suelen comenzar su recorrido en Pristina y realizar excursiones de un día a Prizren y las montañas circundantes. Los autobuses conectan las principales ciudades, y el tamaño compacto de Kosovo permite moverse con facilidad. Muchos optan por combinar la visita con países vecinos como Albania o Macedonia del Norte.