Montenegro:Requisitos de visa
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Montenegro: Requisitos de visa
Los requisitos de visado pueden cambiar. Verifique siempre la información más reciente en fuentes oficiales del gobierno.
Requisitos de entrada sin visado
- El viajero debe portar un documento de viaje extranjero válido y aceptado para viajes internacionales. El documento de viaje debe haber sido emitido en los últimos diez años y permanecer válido al menos tres meses después de la fecha prevista de salida de Montenegro. En casos justificados y urgentes se puede aceptar una validez más corta; sin embargo, el documento no puede expirar antes de la fecha prevista de salida.
- Los documentos de viaje extranjeros aceptados pueden incluir pasaportes personales, familiares, colectivos, diplomáticos y de servicio, libretas de marino y otros documentos de viaje reconocidos en virtud de acuerdos internacionales. En los casos en que se permita utilizar la exención de visado con un documento nacional de identidad válido, el viajero debe portar el documento de identidad válido emitido por la autoridad competente.
- Si la exención de visado se basa en un visado válido, permiso de residencia o tarjeta de viaje de negocios reconocida de otro país, el viajero debe presentar el original del documento en el que se basa la exención junto con el documento de viaje válido. En este caso, la estancia permitida no puede exceder el período de validez del documento correspondiente.
- La duración de la estancia permitida sin visado varía según la base legal de la exención. El límite máximo general de estancia corta es de 90 días en total dentro de un período de 180 días. Algunas regulaciones de exención pueden prever una estancia más corta.
- En el control fronterizo se puede solicitar al viajero que explique el propósito del viaje y las condiciones previstas de la estancia. Se puede exigir información de alojamiento, datos de la persona o entidad invitante, billete de regreso o de viaje al siguiente país, información de transporte y prueba de medios económicos suficientes. El viajero en tránsito debe poder presentar un visado válido, permiso de residencia u otro documento de entrada que demuestre que será admitido en el país de destino.
- El monto mínimo diario de suficiencia financiera aplicable a todos los viajeros sin visado y el período que debe cubrir el extracto bancario no se han especificado de manera definitiva en la fuente oficial central. El monto diario de suficiencia financiera indicado para solicitudes de visado no debe considerarse como un monto fijo de entrada aplicable automáticamente a los viajeros sin visado.
- No existe una disposición central general que establezca que el seguro de viaje de salud sea obligatorio para los viajeros sin visado. El monto mínimo de cobertura del seguro no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central. Tampoco se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central un requisito general de certificado de vacunación o informe médico aplicable a todos los viajeros.
- El número de páginas en blanco requeridas en el pasaporte para la entrada sin visado no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central. Tampoco se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central la obligación de pasaporte biométrico o de lectura mecánica. No se permite la entrada con un documento de viaje inválido, falsificado o perteneciente a otra persona.
- Si no se utiliza un establecimiento de alojamiento, el viajero debe realizar el registro de residencia ante la policía o a través de la organización turística local competente dentro de las 24 horas siguientes a la llegada al lugar de estancia. Si se utiliza un establecimiento de alojamiento, el registro lo realiza el establecimiento dentro de las 12 horas siguientes a la llegada. Si se va a permanecer más de 24 horas en otro lugar, también se debe realizar el registro para el nuevo lugar de estancia. El registro del niño lo completa el padre, tutor o persona responsable del cuidado del niño.
- La exención de visado no garantiza la entrada al país. La falta de un documento válido, la imposibilidad de demostrar el propósito del viaje o las condiciones de la estancia, la falta de medios económicos suficientes, la superación del período de estancia permitido, la prohibición de entrada, así como razones de orden público, seguridad nacional o salud pública pueden dar lugar a la denegación de la admisión al país.
Requisitos de visado en frontera
- El visado en el puesto fronterizo es un visado de corta duración tipo C que solo puede concederse en casos excepcionales. Esta práctica no constituye un derecho de visado en frontera rutinario o incondicional para los viajeros sujetos a visado.
- La solicitud debe ser presentada personalmente por el viajero en el puesto fronterizo. El viajero debe probar documentalmente que no fue posible solicitar el visado en la misión diplomática antes del viaje y que existen razones imprevistas e imperiosas que requieren su entrada en Montenegro.
- El viajero debe presentar documentos que garanticen su regreso a su país o lugar de residencia legal, o la finalización de su viaje en tránsito. Se puede solicitar billete de regreso o de continuación, permiso de entrada al país de destino, plan de viaje y documentos que justifiquen el motivo urgente de entrada.
- El documento de viaje debe tener una validez de al menos tres meses después de la fecha prevista de salida de Montenegro y haber sido emitido en los últimos diez años. En casos justificados y urgentes se puede aceptar una validez más corta; sin embargo, el documento no puede expirar antes de la salida prevista. El visado emitido en frontera puede colocarse como etiqueta de visado en el documento de viaje o registrarse en el formulario de visado obligatorio.
- El visado emitido en frontera para estancia corta puede permitir una estancia de hasta 15 días. La duración del visado emitido para fines de tránsito se determina según el tiempo necesario para completar el viaje de tránsito.
- Se debe presentar un seguro de viaje de salud adecuado y válido. Se puede conceder una excepción al requisito del seguro si no es posible obtenerlo en el puesto fronterizo o si la entrada se realiza por razones humanitarias. El monto mínimo de cobertura del seguro no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central.
- Para que se pueda conceder un visado de tránsito C en frontera a un marino, debe poseer una libreta de marino u otro documento de identidad de marino aceptado según acuerdos internacionales. Se debe probar que el viaje se realiza con el propósito de incorporarse, reincorporarse o desembarcar del buque en el que presta servicio.
- La lista completa de puestos fronterizos donde se puede emitir un visado en frontera, el formulario de solicitud estándar, el requisito de fotografía, la tarifa, el método de pago y el plazo de tramitación exacto no se han especificado de manera definitiva en la fuente oficial central. La aceptación de la solicitud y la concesión del visado dependen de la evaluación de la Dirección de Policía.
Requisitos de solicitud de visado consular
- El solicitante debe presentar personalmente su solicitud de visado, por regla general, ante la misión diplomática o consular de Montenegro responsable del país del que es ciudadano. La persona que solicite desde un país del que no es ciudadano debe presentar un permiso de residencia válido que acredite su residencia legal temporal o permanente en ese país, o un documento que demuestre su derecho de retorno.
- En algunos países donde Montenegro no tiene representación diplomática, las solicitudes pueden ser aceptadas por la autoridad diplomática o consular de otro Estado que represente a Montenegro. En los lugares donde exista un centro de solicitud de visado oficialmente autorizado, la entrega de documentos y los trámites administrativos pueden realizarse a través de dicho centro. El punto de solicitud a utilizar varía según el país de residencia.
- La solicitud debe realizarse mediante el formulario oficial de visado. El formulario es gratuito y debe rellenarse con letras de imprenta legibles. El formulario está redactado en montenegrino, inglés y francés; si es necesario, también se puede utilizar la versión en el idioma oficial del país donde se presenta la solicitud. El solicitante debe firmar la sección de declaración del formulario.
- En el formulario deben indicarse los datos de identidad y nacimiento, nacionalidad, estado civil, tipo y número del documento de viaje, fechas de emisión y expiración, datos de residencia y contacto, profesión, empleador o institución educativa, propósito del viaje, fechas previstas de entrada y salida, medio de transporte, dirección en Montenegro, persona o entidad invitante, parte que cubrirá los gastos, medios económicos, datos del cónyuge e hijos, y el número de entradas solicitadas. En las solicitudes de tránsito, debe proporcionarse información sobre la autorización de entrada al país de destino final.
- Entre los documentos aceptables se pueden incluir pasaportes ordinarios, diplomáticos y de servicio, documentos de viaje emitidos en virtud de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados o la Convención de 1954 sobre el Estatuto de los Apátridas, y otros documentos de viaje reconocidos por las autoridades competentes.
- El documento de viaje en el que se estampará el visado debe tener una validez de al menos tres meses después de la fecha prevista de salida, o en caso de solicitud de múltiples entradas, después de la última fecha prevista de salida. El documento debe tener al menos dos páginas en blanco y haber sido emitido en los últimos diez años. En casos justificados y urgentes se puede aceptar una validez de pasaporte más corta; sin embargo, la duración del visado no puede exceder la validez del pasaporte.
- Se rechazará la solicitud realizada con un documento de viaje dañado, falsificado o perteneciente a otra persona. El requisito de pasaporte biométrico o de lectura mecánica no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central.
- Se debe presentar el original del documento de viaje válido y una fotocopia de la página con los datos personales. No se ha publicado un requisito central universal que obligue a todos los solicitantes a copiar otras páginas del pasaporte que contengan sellos o visados anteriores.
- Se debe adjuntar a la solicitud una fotografía en color de 35 × 45 milímetros. La fotografía debe mostrar el rostro en su apariencia real, con la frente descubierta y la sección desde la barbilla hasta la parte superior de la cabeza debe ocupar entre el 70 y el 80 por ciento de la dimensión vertical de la fotografía. No se deben usar prendas de cabeza excepto por razones religiosas, nacionales o tradicionales. La fotografía no debe estar alterada ni retocada y debe imprimirse en papel fotográfico fino, brillante y blanco. El color de fondo de la fotografía y la fecha máxima en que puede haber sido tomada no se han especificado de manera definitiva en la fuente oficial central.
Visado de corta duración tipo C
- El visado de corta duración tipo C puede emitirse para viajes de corta duración como tránsito, turismo, visita privada, negocios, cultura, deporte, salud y similares. La duración de la estancia no puede exceder los 90 días dentro de un período de 180 días. El visado puede ser de entrada única, doble o múltiple.
- El visado C de múltiples entradas puede tener una validez de entre seis meses y cinco años. El solicitante debe demostrar la necesidad de viajes regulares o frecuentes, en particular vínculos laborales o familiares, que ha utilizado visados anteriores de conformidad con las normas, que dispone de medios económicos suficientes y la intención de salir antes de que expire el visado.
- Se debe presentar un documento que acredite el propósito del viaje. Para visitas privadas se puede utilizar una carta de garantía emitida por una persona física; para visitas de negocios o institucionales, se puede utilizar una carta de invitación emitida por una persona jurídica, autoridad estatal, organizador de reunión o evento internacional.
- En la carta de garantía emitida por una persona física deben constar el nombre y apellidos, fecha y lugar de nacimiento, dirección, número de identificación personal o número de permiso de residencia, datos de contacto, profesión, empleador, relación con la persona invitada y si asume o no los gastos. Debe incluir los datos de identidad y pasaporte de la persona invitada, el cónyuge o hijos que la acompañen, la duración de la visita, la dirección de estancia, el número de entradas, el lugar y fecha de emisión, y la firma del invitante. La carta debe estar certificada por una autoridad competente o notario.
- En la carta de invitación preparada por una persona jurídica deben constar el nombre de la entidad, su sede y número de registro; los datos de identidad, pasaporte, dirección y profesión del solicitante; el propósito de la invitación, la duración de la estancia, el número de entradas y la dirección de estancia. El documento debe estar firmado por una persona autorizada y llevar el sello oficial de la entidad.
- La carta de garantía o invitación puede considerarse también como prueba de alojamiento y suficiencia financiera si la parte invitante se compromete expresamente a cubrir los gastos de alojamiento, manutención y salida de Montenegro. Las cartas de garantía e invitación deben presentarse, por regla general, en forma de documento original.
- El solicitante debe acreditar que dispone de al menos 50 euros por día para la estancia solicitada. Se puede utilizar extracto bancario, certificado de saldo bancario, prueba de ingresos regulares, efectivo, cheques de viaje o tarjeta de crédito. El número de meses que debe cubrir el extracto bancario no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central.
- Como prueba de alojamiento se puede presentar un paquete turístico pagado, reserva de hotel u otro alojamiento, contrato de alquiler, propiedad inmobiliaria, reserva de amarre o certificado de alquiler de yate. Dado que en la lista de verificación central actual del visado C el alojamiento y los documentos de regreso figuran como pruebas de apoyo adicionales, la combinación exacta de documentos puede variar según el propósito del viaje y la misión competente.
- La intención de regresar o viajar al siguiente país puede acreditarse mediante un billete de avión de regreso u otro billete de transporte. Si se utiliza un vehículo privado, se pueden solicitar los documentos del vehículo y del conductor. También se puede exigir un certificado de trabajo, carta de permiso, certificado de jubilación, certificado de estudiante u otros documentos que demuestren vínculos sociales y profesionales.
- Es obligatorio un seguro de viaje de salud adecuado y válido. El seguro debe cubrir los gastos que puedan surgir debido a repatriación por motivos de salud, atención médica de urgencia, tratamiento hospitalario de urgencia y fallecimiento durante la estancia. El monto mínimo de cobertura del seguro no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central.
- En la solicitud de visado de entrada única o doble, el seguro debe cubrir todo el período de estancia previsto. En la solicitud de visado de múltiples entradas, se debe presentar un seguro válido para el primer viaje y una declaración firmada de que se acepta la obligación de portar seguro también en viajes posteriores. A los titulares de documentos de viaje diplomáticos y a los marinos que cuenten con un seguro adecuado en el marco de su profesión, no se les podrá exigir un certificado de seguro adicional.
Visado de larga duración tipo D
- El visado D puede emitirse para estancias superiores a 90 días, pero de hasta 180 días como máximo dentro de un período de un año a partir de la primera entrada. El visado puede ser de entrada única o múltiple. El visado D puede utilizarse para actividades laborales o comerciales, funciones diplomáticas acreditadas o de organizaciones internacionales, y actividades de nómada digital.
- En la solicitud por motivos de actividad laboral o comercial se debe presentar un documento de viaje válido, una fotografía de 35 × 45 milímetros, comprobante de pago de la tasa consular y documentos que acrediten el propósito del viaje. Se puede utilizar carta de invitación o garantía, contrato de alquiler o reserva de alojamiento, documento bancario que demuestre medios económicos suficientes, contrato de trabajo u otro documento de empleo e ingresos.
- El monto mínimo fijo que debe haber en la cuenta bancaria y el período que debe cubrir el extracto bancario para la solicitud de actividad laboral o comercial no se han especificado de manera definitiva en la fuente oficial central.
- El solicitante puede presentar un certificado de antecedentes penales de su país de nacionalidad o del país donde haya residido más de un año antes de llegar a Montenegro. Este documento se indica como documento de apoyo opcional en la fase del visado D; sin embargo, puede ser obligatorio en la posterior solicitud de permiso de trabajo y residencia.
- En la nota o comunicación oficial presentada para funciones en una misión diplomática u organización internacional deben constar el nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento del funcionario, tipo, número y fecha de validez del documento de viaje, el cargo que va a desempeñar, el titular anterior del cargo, los familiares cercanos que lo acompañen y sus documentos de viaje, la fecha estimada de llegada, la fecha de inicio del cargo y la duración de la función.
- En la solicitud de nómada digital, se debe presentar un contrato de trabajo u otro documento que demuestre que se trabaja para un empleador extranjero mediante tecnologías de la comunicación o que se realiza una actividad a distancia a través de una empresa propia registrada fuera de Montenegro. Se requiere una copia certificada del certificado de registro de la empresa para la que se trabaja o de la que se es propietario, emitido por la autoridad competente del país extranjero.
- Al nómada digital también se le puede exigir prueba de medios económicos suficientes mediante ingresos mensuales, efectivo, cheques o cuenta bancaria, y prueba de alojamiento. El ingreso mínimo fijo o saldo de cuenta no se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central. El certificado de antecedentes penales puede adjuntarse al expediente del visado y puede ser obligatorio en el posterior proceso de permiso de residencia.
Menores y trámites documentales adicionales
- La solicitud en nombre de un menor o de una persona sin capacidad legal para actuar debe ser presentada por el progenitor o representante legal. El formulario de solicitud es firmado por el progenitor o representante legal.
- Si el menor viaja sin su representante legal, se debe presentar un consentimiento certificado. En el consentimiento deben constar los datos personales del representante legal, el propósito del viaje, la duración de la estancia, el período de validez de la autorización y la firma del representante. El documento debe traducirse al montenegrino o al inglés y ser certificado por un traductor judicial autorizado.
- No se ha publicado una lista central universal que exija la presentación de certificado de nacimiento, certificado de matrimonio o resolución de custodia en todas las solicitudes de menores. La misión competente puede solicitar estos documentos para verificar la relación familiar o la autoridad de representación.
- Los documentos se presentan, por regla general, en original. Si no se puede determinar la autenticidad del documento o su contenido no es comprensible debido al idioma o alfabeto utilizado, se puede solicitar una certificación adicional y una traducción jurada. No se ha publicado una regla central universal que exija la apostilla o legalización automática de todos los documentos.
- El funcionario competente puede solicitar documentos y explicaciones adicionales para verificar la información de la solicitud. El solicitante puede ser convocado a una entrevista. A la persona que no asista personalmente a la entrevista cuando sea convocada se le podrá denegar el visado. En caso de duda sobre el propósito del viaje o la intención de regreso, se puede realizar una entrevista adicional.
- No se ha publicado una regla central general que establezca la toma de huellas dactilares u otros datos biométricos de todos los solicitantes de visado consular.
- Se debe presentar un comprobante de pago de la tasa consular. El importe actual de la tasa consular y los métodos de pago aceptados no se han especificado de manera definitiva en la fuente oficial central. La tasa y el método de pago pueden variar según la misión o el centro de solicitud autorizado al que se presente la solicitud. El formulario de solicitud de visado en sí es gratuito.
- No se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central con cuánta antelación debe realizarse la solicitud antes del viaje. La decisión se toma normalmente en un plazo de 10 días desde la presentación de la solicitud. Si se requiere un examen adicional, el plazo puede ampliarse hasta 30 días, y si se necesitan documentos adicionales, hasta 60 días.
- El visado se coloca como etiqueta en el documento de viaje. En un documento de viaje que no tenga dos páginas en blanco o que no haya sido emitido en los últimos diez años, el visado solo puede registrarse en el formulario de visado obligatorio por razones humanitarias o por interés nacional de Montenegro.
- La posesión de un visado no garantiza por sí sola la entrada al país. La autoridad fronteriza puede volver a verificar el propósito del viaje, los medios económicos, el alojamiento, el plan de regreso o tránsito y otras condiciones de entrada.
Requisitos de visado de tránsito
- En la legislación vigente de Montenegro existen el visado de tránsito aeroportuario tipo A y el visado de corta duración tipo C utilizado para el tránsito por el territorio de Montenegro.
- El visado de tránsito aeroportuario tipo A puede emitirse para entrada única o múltiple para el paso por la zona de tránsito internacional de un aeropuerto en Montenegro al hacer transbordo entre dos vuelos internacionales. El visado A no concede derecho a entrar en el país ni a permanecer en el territorio de Montenegro.
- Si el viajero no abandona el avión o la zona de tránsito internacional del aeropuerto, por regla general no se requiere visado. Por razones de seguridad nacional o interna, se puede exigir un visado de tránsito aeroportuario a determinados viajeros.
- En la solicitud del visado A se debe presentar un formulario de solicitud cumplimentado y firmado personalmente, un documento de viaje válido, una fotografía en color de 35 × 45 milímetros, documentos que demuestren el propósito y las condiciones del viaje en tránsito, y un comprobante de pago de la tasa consular. En el formulario debe indicarse información sobre la autorización de entrada al país de destino final.
- Se puede solicitar la reserva del vuelo de continuación, el itinerario de viaje y un visado, permiso de residencia u otro documento de entrada que demuestre la admisión en el país de destino final. El visado de tránsito aeroportuario A de múltiples entradas puede tener una validez de hasta seis meses.
- Para el tránsito por el territorio de Montenegro por tierra, mar o aire que requiera entrada al país, se utiliza el visado de corta duración tipo C. El período de validez y estancia del visado se determina según el tiempo necesario para completar el viaje de tránsito.
- En la solicitud de visado de tránsito C se aplican los requisitos del visado C en cuanto a pasaporte, fotografía, seguro de viaje de salud, suficiencia financiera, tasa y propósito del viaje. El viajero debe demostrar que regresará o continuará su viaje de tránsito y que el país de destino lo admitirá.
- No existe un formulario de solicitud separado para un visado de tránsito B en la legislación vigente sobre extranjeros. Los tránsitos se gestionan en el sistema actual a través de los visados A o C.
- El importe de la tasa del visado de tránsito, el método de pago y la antelación con la que debe realizarse la solicitud antes del viaje no se han especificado de manera definitiva en la fuente oficial central. El plazo general de tramitación consular es de 10 días; si se requiere examen adicional o documentos adicionales, el plazo puede ampliarse hasta 30 o 60 días.
Montenegro: Destinos importantes
La capital de Montenegro es Podgorica, que alberga el principal aeropuerto internacional del país. Otra puerta de entrada importante es el Aeropuerto de Tivat, cercano a la costa adriática. Las ciudades más visitadas incluyen Budva, Kotor y la histórica Cetinje.
La costa montenegrina ofrece playas y bahías espectaculares, como la Bahía de Kotor, declarada Patrimonio de la Humanidad. En el interior, el Parque Nacional de Durmitor atrae a amantes del senderismo y la naturaleza. La cultura local combina influencias mediterráneas y balcánicas.
Para recorrer el país, muchos viajeros alquilan un coche y conducen por la carretera costera entre Budva y Ulcinj. Desde Podgorica se puede acceder fácilmente a la región norte y a los parques nacionales. Una ruta común incluye visitar Kotor, Perast y finalizar en la capital.
