Granada:Requisitos de visa y normas de entrada para visitantes

El número de países cuyos ciudadanos deben solicitar un visado antes de entrar en este país es 75. El total de países con entrada sin visado es 123.

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Granada: Normas de entrada para visitantesÚltima revisión:Última actualización:

Granada:Mapa de requisitos de visa

Consulta qué nacionalidades necesitan visado para entrar en este país y cuáles pueden entrar sin visado.

Granada: Documentos y requisitos para la visa y la entrada

Los requisitos de visado pueden cambiar. Verifique siempre la información más reciente en fuentes oficiales del gobierno.

Requisitos de Entrada sin Visa

  • El viajero debe portar un pasaporte válido que pruebe su identidad y nacionalidad, u otro documento de viaje que el funcionario de inmigración acepte. Los viajeros que se beneficien de acuerdos regionales específicos de libre circulación pueden probar su identidad y nacionalidad mediante su cédula de identidad nacional con fotografía o licencia de conducir, vigentes durante la estancia prevista.
  • Para los viajeros de crucero que permanezcan menos de 24 horas en Granada, el pasaporte debe tener una validez de al menos seis meses a partir de la fecha de regreso del viajero a su país.
  • Los viajeros deben completar el formulario en línea de Inmigración y Aduanas, que se habilita dentro de las 72 horas anteriores a la llegada a Granada. El formulario requiere información del vuelo, datos del pasaporte de los viajeros, una copia en formato PNG o JPEG de la página de información biográfica del documento de viaje y una dirección de correo electrónico válida. Una vez finalizado el proceso, los recibos de inmigración y aduanas generados deben guardarse en el dispositivo móvil o imprimirse y presentarse a las autoridades a la llegada.
  • El viajero solo puede ingresar al país por un punto de entrada autorizado, y quienes lleguen por vía aérea deben comparecer personalmente ante el funcionario de inmigración. Si el funcionario de inmigración lo considera necesario, puede solicitar al viajero que complete y firme una declaración de entrada, responda preguntas o se someta a un examen médico. El permiso de entrada otorgado a un visitante o viajero en tránsito puede estar sujeto a condiciones específicas, y al titular del permiso se le pueden tomar las huellas dactilares con fines de verificación de identidad.
  • El viajero debe disponer de medios financieros suficientes para mantenerse a sí mismo y a las personas que dependan de él que lo acompañen.
  • La duración de estancia permitida varía según la situación del viajero y el permiso de visitante otorgado en la frontera. En los documentos de política oficial figuran diferentes períodos de visita, como 14 días, 30 días, 60 días, 90 días y seis meses, pero no se ha establecido un período máximo común para todos los viajeros sin visa. Quienes deseen permanecer más tiempo del permitido o residir con fines de empleo, estudio o residencia permanente deben completar los trámites de visa y permiso correspondientes.
  • Tampoco se ha especificado de manera definitiva en la fuente oficial central el monto mínimo de cobertura aplicable al seguro.

Requisitos de Visa en la Frontera

  • El sistema de visa en la frontera no es un sistema en el que se pueda solicitar directamente sin preparación previa en la frontera. El viajero debe obtener una carta de aprobación previa de la Oficina de Inmigración y Pasaportes de Granada a través de la misión diplomática o consulado autorizado de Granada antes del viaje. La visa se emite a la llegada a Granada si se concede la aprobación previa.
  • El formulario de solicitud de aprobación previa debe completarse en su totalidad y firmarse con tinta azul o negra. El pasaporte debe tener una validez de al menos seis meses a partir de la fecha de salida prevista de Granada. Se debe presentar una copia a color de la página de información biográfica del pasaporte, un documento que acredite el alojamiento en Granada y una fotografía de pasaporte tomada en los últimos tres meses. La fotografía debe pegarse en el formulario de solicitud.
  • A las personas que residan permanentemente en el país donde se realiza la solicitud y necesiten un permiso de reingreso, se les puede solicitar un documento que acredite el derecho a reingresar a su país de residencia. En las solicitudes presentadas en persona, se puede solicitar el original de la tarjeta de residencia; en las solicitudes por correo, se puede solicitar una copia notariada del anverso y reverso de la tarjeta.
  • En las instrucciones de la Embajada de Granada en Washington se recomienda presentar la solicitud al menos seis semanas antes del viaje, y el tiempo de procesamiento se indica como aproximadamente diez días hábiles a partir de la recepción de la solicitud. Estos plazos pueden variar según la misión ante la cual se presente la solicitud.
  • En las instrucciones de Washington, la tarifa de la carta de aprobación previa es de 10 USD. Se aceptan cheques de caja certificados o giros postales; el efectivo solo se acepta en transacciones realizadas en persona. También se puede cobrar una tarifa postal o de mensajería internacional por el envío de la aprobación previa. A la llegada a Granada, la tarifa de visa de entrada única se publica en 200 dólares del Caribe Oriental por persona, y la tarifa de visa de entradas múltiples en 375 dólares del Caribe Oriental. Dado que las tarifas y los métodos de pago pueden variar según la misión y la tarifa vigente, se debe verificar nuevamente con la misión ante la cual se presente la solicitud.
  • La visa es válida únicamente durante el período indicado en ella. El titular de la visa no puede trabajar sin obtener además un permiso del Ministerio de Trabajo de Granada.
  • Al igual que todos los viajeros, las personas que utilicen la visa en la frontera deben completar el formulario en línea de Inmigración y Aduanas dentro de las 72 horas anteriores a la llegada. Se debe proporcionar al sistema la información del vuelo, el pasaporte, una copia en PNG o JPEG de la página de información biográfica y una dirección de correo electrónico válida; los recibos generados deben llevarse en formato digital o impreso para mostrarlos a la llegada.

Requisitos de Solicitud de Visa Consular

  • La solicitud de visa debe presentarse ante una de las embajadas, altas comisiones o consulados autorizados de Granada. El procedimiento de solicitud, la tarifa, la forma de pago y algunos documentos de respaldo pueden variar según la misión diplomática ante la cual se presente la solicitud y el país de residencia legal del solicitante.
  • El formulario de solicitud debe completarse en su totalidad con tinta azul o negra, en letras mayúsculas, y debe ser fechado y firmado por el solicitante. En el formulario se solicitan: nombre y apellidos, estado civil, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad al nacer y actual, sexo, número de pasaporte, lugar y fechas de emisión, profesión, domicilio, información telefónica, fecha de llegada prevista, dirección y persona de contacto en Granada, duración de estancia prevista, solicitudes anteriores de visa de Granada, recursos financieros que se utilizarán durante el viaje, propósito del viaje, y los nombres, edades y lugares de nacimiento de los niños que viajen acompañantes.
  • El pasaporte debe tener una validez de al menos seis meses a partir de la fecha de salida prevista de Granada y debe presentarse junto con la solicitud. También se puede solicitar una copia clara y legible de la página de información biográfica del pasaporte.
  • Se deben presentar dos fotografías de pasaporte idénticas. Las fotografías deben haber sido tomadas en los últimos tres meses, y una de las fotografías debe estar certificada por un juez de paz o notario.
  • En la lista de verificación publicada por la Embajada de Granada en Pekín, se solicita el itinerario de vuelo y la reserva de hotel, si los hubiera, así como una carta de invitación del anfitrión en Granada. Los documentos de vuelo y hotel se indican como documentos a presentar 'si se han hecho reservas'.
  • A las personas que residan permanentemente en el país donde se realiza la solicitud se les puede solicitar una tarjeta de residencia, visa o permiso de reingreso válido que acredite el derecho a reingresar a ese país. En las solicitudes presentadas en persona, se puede solicitar el original del documento; en las solicitudes por correo, se puede solicitar una copia notariada del anverso y reverso.
  • Las solicitudes deben presentarse al menos seis semanas antes de la fecha de salida prevista. En las instrucciones publicadas de las misiones diplomáticas, el plazo de tramitación estándar es de aproximadamente diez días hábiles a partir de la recepción de la solicitud completa. El plazo puede prolongarse si se requiere un examen adicional o la aprobación de las autoridades en Granada.
  • Las tarifas de visa varían según la misión ante la cual se presente la solicitud. En la tarifa publicada por la Embajada de Granada en Pekín, la visa de entrada única cuesta 100 USD y la visa de entradas múltiples cuesta 250 USD; se indican como opciones de pago la transferencia bancaria, el sistema de pago gubernamental en línea y el pago en efectivo en persona. En las instrucciones de la Embajada de Granada en Washington, la visa de entrada única cuesta 200 USD y la visa de entradas múltiples cuesta 375 USD; se aceptan cheques certificados, giros postales, pago en línea y pago en efectivo en persona. En las instrucciones de la Alta Comisión de Granada en Londres, la tarifa de visa de entrada única es de 78 libras esterlinas. El solicitante debe verificar el monto actual y el método de pago aceptado con la misión ante la cual vaya a presentar la solicitud.
  • La visa puede emitirse como de entrada única o de entradas múltiples y es válida únicamente durante el período indicado en ella. En el formulario de solicitud se incluyen los propósitos de visita turística, negocios y estudio. El titular de la visa no puede trabajar en el país sin la autorización del Ministerio de Trabajo de Granada.
  • En el formulario de solicitud se debe declarar los medios financieros que se utilizarán durante el viaje. Además, la normativa de entrada exige que el viajero disponga de medios suficientes para mantenerse a sí mismo y a las personas que dependan de él que lo acompañen.
  • No se ha publicado una lista de verificación general de certificado de nacimiento, consentimiento de los padres o documento de custodia para menores. En el formulario de solicitud solo se solicita que se notifiquen los nombres, edades y lugares de nacimiento de los niños que viajen acompañantes. Tampoco se han especificado de manera definitiva en la fuente oficial central los requisitos de traducción, apostilla o legalización de estos documentos.
  • La toma de huellas dactilares o la entrevista no se han publicado como un paso obligatorio aplicable a todos en la solicitud consular estándar. No obstante, a las personas a las que se les haya otorgado un permiso de entrada se les pueden tomar las huellas dactilares en la frontera con fines de verificación de identidad y, si se considera necesario, se puede realizar un examen médico.
  • Todos los titulares de visa deben completar el formulario en línea de Inmigración y Aduanas dentro de las 72 horas anteriores a la llegada. Se debe preparar la información del vuelo, los pasaportes de los viajeros, una copia en PNG o JPEG de la página de información biográfica y una dirección de correo electrónico válida. Los recibos de inmigración y aduanas generados deben guardarse en el dispositivo móvil o imprimirse y presentarse a las autoridades a la llegada.