Colombia:Requisitos de visa

ColombiaConoce los requisitos de visa para este país. Última revisión:Última actualización:

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Colombia: Requisitos de visa

Los requisitos de visado pueden cambiar. Verifique siempre la información más reciente en fuentes oficiales del gobierno.

Requisitos de Entrada sin Visa

  • Los viajeros exentos de visa deben presentar un pasaporte válido y vigente u otro documento de viaje aceptado por las autoridades colombianas al ingresar a Colombia. Los documentos aceptados pueden incluir pasaportes ordinarios, pasaportes diplomáticos, oficiales o de servicio, pasaportes especiales emitidos para apátridas y refugiados, documentos de viaje temporales válidos y documentos de identidad aceptados en el marco de acuerdos regionales pertinentes.
  • No se especifica en el sitio web oficial central de entrada un período fijo de validez restante del pasaporte aplicable a todos los viajeros para el ingreso por frontera. El documento debe estar válido y utilizable en la fecha de viaje. Tampoco se especifica de manera definitiva en la fuente oficial central el número de páginas en blanco que debe tener el pasaporte. No se especifica de manera definitiva en la fuente oficial central la obligatoriedad de un pasaporte biométrico o de lectura mecánica para todos los viajeros.
  • Durante el control migratorio, se puede solicitar la presentación de un billete de regreso o de continuación al siguiente país y, en caso necesario, de medios económicos suficientes para cubrir los gastos del viaje. No se especifica de manera definitiva en la fuente oficial central un saldo bancario mínimo fijo o un monto de gasto diario aplicable en la entrada fronteriza.
  • Los datos de identidad del viajero, el itinerario de viaje, la información del vuelo y los datos de alojamiento en Colombia pueden ser solicitados durante el control migratorio. El formulario Check-Mig puede diligenciarse desde 72 horas antes del viaje hasta una hora antes del vuelo; en el sitio web oficial de migración se describe como un preregistro opcional que agiliza los trámites, no obligatorio.
  • A los viajeros de corta estancia exentos de visa se les puede otorgar un Permiso de Ingreso por Pasaporte en el control fronterizo. Este permiso no es una visa en puerto. No se solicita con antelación, se expide como resultado del control y entrevista del funcionario de frontera, es gratuito y puede otorgar inicialmente un derecho de estancia de hasta 90 días calendario.
  • En casos procedentes, la estancia puede prorrogarse mediante una solicitud de Permiso de Estancia Temporal. La estancia total dentro del mismo año calendario, continua o discontinua, no puede exceder los 180 días. La solicitud de prórroga debe realizarse en línea al menos cinco días hábiles antes del vencimiento del permiso de entrada vigente.
  • Para la solicitud de prórroga se presentan: el formulario de solicitud en línea, la copia del pasaporte vigente o del documento de identidad aceptado en un único archivo PDF, el permiso de entrada vigente y los documentos que respalden el propósito de la entrada inicial. Migración Colombia puede solicitar documentos adicionales o, excepcionalmente, una solicitud presencial. La tarifa estándar de prórroga para 2026 es de 150.000 pesos colombianos. El plazo de tramitación declarado después del pago es de tres días hábiles.
  • Los viajeros que realicen una actividad remunerada o lucrativa, independientemente del derecho de entrada sin visa, deben obtener la visa correspondiente a la actividad.
  • Los viajeros menores de edad deben contar con un documento de viaje válido. Si el niño viaja con su padre, madre o representante legal, se puede solicitar un documento que acredite el vínculo familiar o la representación. Si el niño viaja solo, con un solo progenitor o con un tercero, las normas de salida y autorización parental pueden aplicarse adicionalmente según las condiciones del viaje.
  • La reserva de hotel en sí, el seguro de viaje de salud y un certificado general de vacunación no se indican en el sitio web central de migración como documentos obligatorios universales para todos los viajeros sin visa. No obstante, el funcionario de frontera puede solicitar información o documentos adicionales sobre el propósito del viaje, el plan de alojamiento, la solvencia económica y la intención de regreso.

Requisitos de Solicitud de Visa Electrónica

  • Las solicitudes de visa para Colombia se realizan electrónicamente a través del sistema oficial en línea del Ministerio de Relaciones Exteriores. El formulario de solicitud se diligencia en línea, los documentos requeridos se cargan al sistema y la visa aprobada se envía como visa electrónica al correo electrónico del solicitante.
  • El pasaporte, documento de viaje sustitutivo del pasaporte o Laissez-Passer emitido por una autoridad reconocida del solicitante debe tener una validez de al menos seis meses en la fecha de la solicitud. El documento debe estar en buen estado y contar con páginas en blanco disponibles para la impresión de la etiqueta de visa, en caso necesario. No se especifica de manera definitiva en la fuente oficial central el número de páginas en blanco requerido.
  • Se debe cargar una copia legible de la página biográfica del pasaporte o documento de viaje que contenga los datos personales. Si el solicitante presenta la solicitud dentro de Colombia, también debe presentar el último sello de entrada, registro electrónico de entrada, permiso de entrada o documento de tránsito seguro vigente.
  • La persona que solicita desde el exterior debe dirigir la solicitud al consulado de Colombia responsable de su lugar de residencia legal actual. Si la solicitud se realiza desde un país del que no es ciudadano, se requiere un documento que acredite su estancia o residencia legal en ese país.
  • Los documentos deben cargarse en formato PDF y de forma legible. La fotografía debe ser reciente, a color, nítida y de alta resolución; debe tomarse sobre fondo blanco, con el rostro de frente, expresión neutra y ojos abiertos. El cabello, sombrero, accesorios u otro elemento no deben obstruir el rostro o la apariencia de la cabeza. La fotografía debe estar en formato JPG y tener un tamaño máximo de 300 KB. Las dimensiones exactas en píxeles y la antigüedad máxima de la fotografía no se especifican de manera definitiva en la fuente oficial central.
  • Los documentos de respaldo distintos del pasaporte y los documentos de viaje, por regla general, deben haber sido emitidos no más de tres meses antes de la fecha de registro de la solicitud en el sistema. Para documentos oficiales con un período de validez más largo, se puede considerar el período de validez propio del documento.
  • Los documentos emitidos en países extranjeros deben estar apostillados o legalizados según las normas correspondientes. Los documentos en idiomas distintos del español deben traducirse oficialmente al español, a menos que se conceda una excepción. Los documentos ilegibles, alterados, incompletos o contradictorios pueden dar lugar a la inadmisión o denegación de la solicitud.
  • Para solicitantes menores de edad se debe presentar el certificado de nacimiento, registro civil, sentencia judicial o documento equivalente que acredite la filiación, tutela o representación legal. En la solicitud de visa firmada por ambos padres o representantes legales, se debe indicar la persona responsable del cuidado del menor en Colombia. Si el responsable no es el padre, madre o representante legal, también se requiere una declaración escrita de que esa persona acepta la responsabilidad.
  • La autoridad competente puede solicitar al solicitante los originales de los documentos, documentos financieros o profesionales adicionales, antecedentes penales, cartas explicativas u otra documentación de respaldo. El solicitante puede ser convocado a una entrevista en línea o presencial. No se especifica de manera definitiva en la fuente oficial central que la toma de huellas dactilares u otros datos biométricos sea universal para todas las solicitudes de visa.
  • Una vez registrada la solicitud, la tasa de estudio debe pagarse dentro de los 10 días calendario posteriores a la generación de la referencia de pago. La falta de pago en este plazo puede dar lugar a que la solicitud se considere retirada. La tasa de estudio no se reembolsa si la solicitud es denegada o inadmitida.
  • Después de recibir la solicitud completa y la tasa de estudio, el plazo de decisión es de máximo 30 días calendario. El plazo puede prolongarse cuando sea necesario realizar verificaciones de seguridad, identidad o documentación con otras instituciones. La falta de respuesta dentro del plazo otorgado para la solicitud de documentos adicionales puede dar lugar a que la solicitud se considere retirada.
  • Cuando la solicitud es aprobada, la tasa de expedición de la visa debe pagarse dentro de los 10 días calendario. La visa electrónica se envía al correo electrónico registrado dentro de un máximo de 10 días hábiles después del pago de la tasa de expedición. Para la corrección de un error material en la visa, se debe presentar una solicitud dentro de los 15 días calendario desde la recepción de la visa electrónica.
  • No se especifica de manera definitiva en la fuente oficial central un plazo mínimo obligatorio de antelación con el que debe realizarse la primera solicitud de visa antes del viaje. La solicitud debe hacerse con suficiente antelación, teniendo en cuenta el plazo normal de decisión de 30 días, las posibles solicitudes de documentos adicionales y el tiempo de preparación de la visa electrónica.
  • Las visas colombianas, por regla general, son de entradas múltiples y permiten múltiples entradas y tránsitos dentro del período de validez. La validez total de la visa, la estancia permitida en cada entrada y el derecho a trabajar varían según la categoría de visa seleccionada y el propósito del viaje.
  • No se exige en la fuente oficial central que la visa electrónica deba llevarse impresa. No obstante, el viajero debe poder acceder al documento de visa electrónica verificable durante el viaje. La concesión de la visa no garantiza la entrada a Colombia; la decisión final de ingreso la toma el funcionario de migración competente en el control fronterizo.

Requisitos de Solicitud de Visa Consular

  • Los solicitantes que residen fuera de Colombia y necesitan obtener una visa con antelación deben iniciar su trámite completamente en línea y dirigir la solicitud al consulado de Colombia responsable de su dirección de residencia legal. Si la solicitud se realiza desde un tercer país, se puede solicitar un permiso de residencia, visa, registro de entrada u otro documento que acredite la estancia legal vigente.
  • La solicitud tramitada a través del consulado no es un sistema de visa en papel separado. La solicitud, carga de documentos, estudio y expedición de la visa se realizan a través del sistema electrónico oficial; el consulado es la autoridad evaluadora competente para las solicitudes en el exterior.
  • Los documentos específicos de la categoría a presentar varían según la visa de Visitante, Migrante o Residente Permanente seleccionada y el propósito del viaje. No existe una lista de verificación de documentos universal única aplicable a todos los solicitantes de visa. El solicitante debe cumplir con los requisitos específicos publicados para la actividad de visa seleccionada, junto con los requisitos generales de solicitud electrónica.
  • En la solicitud de Visa de Visitante con fines turísticos, se debe presentar una declaración escrita que identifique al solicitante y describa el propósito de la actividad planificada, los participantes, la duración, el programa y los lugares donde se realizará.
  • Si la solicitud se realiza por invitación, se debe presentar una carta de invitación que incluya los datos de contacto, la dirección física y electrónica de la parte invitante, su relación con el solicitante, la duración de la estancia y las responsabilidades financieras asumidas. La carta de invitación debe contener firma manuscrita y huella dactilar. La parte invitante debe proporcionar información sobre los extranjeros que ha apoyado anteriormente, comprometerse a garantizar la salida del invitado del país y a informar a las autoridades competentes en caso de exceder la estancia permitida.
  • En la visa de turismo, la solvencia económica debe demostrarse con los movimientos de la cuenta bancaria del solicitante de los últimos seis meses. El ingreso mensual promedio debe ser equivalente al menos a 10 veces el salario mínimo legal mensual vigente en Colombia en la fecha de la solicitud. Se pueden solicitar documentos adicionales de ingresos, trabajo o empresa según las condiciones del solicitante.
  • El solicitante debe presentar un seguro de salud válido en Colombia durante toda la estancia prevista. El seguro debe cubrir los riesgos de accidente, enfermedad, parto o maternidad, discapacidad, hospitalización, muerte y repatriación. No se especifica de manera definitiva en la fuente oficial central el monto mínimo de cobertura monetaria que debe tener el seguro.
  • Se debe presentar una reserva de vuelo o reserva de billete para la entrada y salida de Colombia. No se especifica de manera definitiva en la fuente oficial central que la reserva de hotel sea un documento obligatorio separado y universal para todas las solicitudes de visa de turismo; sin embargo, en el plan de viaje se deben indicar el lugar de alojamiento y las direcciones donde se realizarán las actividades.
  • La Visa de Visitante con fines turísticos solo puede utilizarse para actividades de descanso, turismo o interés cultural y no otorga derecho a trabajar. La visa puede tener una validez máxima de dos años. La estancia permitida es de hasta 180 días, continuos o discontinuos, en cada período de 365 días desde la fecha de expedición de la visa, y este límite no es prorrogable.
  • Según la tarifa de 2026, la tasa de estudio estándar de la Visa de Visitante de Turismo es de 56 dólares estadounidenses o 44 euros, y la tasa de expedición es de 52 dólares estadounidenses o 40 euros. El total estándar es de 108 dólares estadounidenses o 84 euros. El impuesto de timbre y las tarifas diferenciadas por nacionalidad, reglas de reciprocidad o exenciones especiales no están incluidas en estos montos.
  • Para los pagos dentro de Colombia se pueden utilizar PSE, canales bancarios autorizados, cajeros automáticos Servibanca y tarjetas de crédito o débito habilitadas. El método de pago aceptado para solicitudes en el exterior varía según el consulado correspondiente y el país donde se realiza la solicitud.
  • La autoridad de visados puede evaluar los ingresos regulares, el empleo estable, la propiedad, los vínculos familiares, la situación de residencia y la intención de regresar del solicitante al final del viaje. Cada uno de estos elementos no debe considerarse como un documento obligatorio separado en todas las solicitudes; debe tenerse en cuenta que el consulado puede solicitar documentos adicionales según las condiciones de la solicitud.

Requisitos de Visa de Tránsito

  • La solicitud de la Visa de Visitante de Tránsito Aeroportuario debe realizarse en línea, de acuerdo con los requisitos generales de solicitud de visa electrónica. El solicitante debe presentar su documento de viaje válido, copia de la página biográfica, fotografía digital y documentos que acrediten su estancia legal en el lugar de la solicitud.
  • Específicamente para la visa de tránsito, se deben presentar los billetes o reservas verificables de los vuelos que llegan a Colombia y continúan a un tercer país. El solicitante debe demostrar que puede ser admitido en el país de destino final y, si el país final requiere visa, presentar su visa válida.
  • Esta visa solo puede utilizarse para conexiones realizadas en el área de tránsito directo o estéril del mismo aeropuerto internacional. El período de tránsito es de hasta 24 horas. El viajero no puede pasar por el control migratorio para ingresar a Colombia ni trasladarse a otro aeropuerto durante el tránsito.
  • La Visa de Tránsito Aeroportuario puede tener una validez máxima de 30 días y puede permitir múltiples tránsitos dentro de ese período. No se expide una visa de beneficiario vinculada a esta visa.
  • Según la tarifa de 2026, la tasa de estudio estándar de la Visa de Visitante de Tránsito Aeroportuario es de 56 dólares estadounidenses o 44 euros, y la tasa de expedición es de 52 dólares estadounidenses o 40 euros. El total estándar es de 108 dólares estadounidenses o 84 euros. El impuesto de timbre, las exenciones y las tarifas especiales basadas en el principio de reciprocidad no están incluidas en estos montos.
  • No se especifica de manera definitiva en la fuente oficial central una cobertura mínima de seguro separada, un monto fijo de solvencia económica o un plazo mínimo obligatorio de antelación para la solicitud de la visa de tránsito. Tampoco se especifican de manera definitiva en la fuente oficial central las dimensiones exactas en píxeles de la fotografía ni el número de páginas en blanco requeridas en el pasaporte.
Población
53,936,226(2026 aprox.)
Idioma oficial
Español; lenguas oficiales regionales: lenguas indígenas y criollos en sus territorios
Tipo de gobierno
República presidencial
Continente
América del Sur
Capital
Bogotá
Moneda
Peso colombiano
Superficie
1.141.748 km²
Código telefónico
+57

Colombia: Destinos importantes

Bogotá, la capital, es el principal punto de entrada a Colombia. Medellín y Cali son otras ciudades importantes con aeropuertos internacionales. Los viajeros llegan principalmente al Aeropuerto El Dorado de Bogotá.

La costa caribeña atrae con Cartagena, Santa Marta y las islas del Rosario. La región del café y el Amazonas ofrecen experiencias culturales y naturales únicas. Colombia combina negocios, educación y turismo en sus diversos destinos.

Para moverse entre ciudades, se utilizan vuelos domésticos y una extensa red de autobuses. Es común combinar Bogotá con Medellín y Cartagena en un mismo viaje. Planificar rutas por regiones permite aprovechar mejor el tiempo.